BOE-A-2012-10865
Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Real Decreto 1073/2012, de 13 de julio, por el que se establece el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas y se fijan sus enseñanzas mínimas.
- Nota inicial
- Preambulo
- CAPÍTULO I - Disposiciones generales
- Artículo 1
- CAPÍTULO II - Identificación del título, perfil profesional, entorno profesional y prospectiva del título en el sector o sectores
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- CAPÍTULO III - Enseñanzas del ciclo formativo y parámetros básicos de contexto
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- CAPÍTULO IV - Accesos y vinculación a otros estudios, y correspondencia de módulos profesionales con las unidades de competencia
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición adicional quinta
- Disposición adicional sexta
- Disposición adicional séptima
- Disposición adicional octava
- Disposición transitoria única
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Firma
- ANEXO I - Módulos Profesionales
- ANEXO II - Espacios
- ANEXO III - Especialidades del profesorado con atribución docente en los módulos profesionales del ciclo formativo de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas
- ANEXO IV - Convalidaciones entre módulos profesionales de títulos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990 (LOGSE) y los establecidos en el título de Técnico en Operaciones Subacuáticas e Hiperbáricas al amparo de la Ley Orgánica 2/2006
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