BOE-A-2013-8191
Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano.
- Real Decreto 577/2013, de 26 de julio, por el que se regula la farmacovigilancia de medicamentos de uso humano.
- Preambulo
- CAPÍTULO I - Disposiciones generales
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- CAPÍTULO II - De las administraciones sanitarias
- Artículo 4
- Artículo 5
- CAPÍTULO III - De los profesionales sanitarios y los ciudadanos
- Artículo 6
- Artículo 7
- CAPÍTULO IV - De los titulares de la autorización de comercialización
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- CAPÍTULO V - De la intervención administrativa
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- CAPÍTULO VI - De los estudios posautorización
- Artículo 24
- Artículo 25
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta
- Firma