BOE-A-2020-15602
Circular 5/2020, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de pago y a entidades de dinero electrónico, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y que modifica la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda, y la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
- Circular 5/2020, de 25 de noviembre, del Banco de España, a entidades de pago y a entidades de dinero electrónico, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros, y que modifica la Circular 6/2001, de 29 de octubre, sobre titulares de establecimientos de cambio de moneda, y la Circular 4/2017, de 27 de noviembre, a entidades de crédito, sobre normas de información financiera pública y reservada, y modelos de estados financieros.
- [preambulo]
- TÍTULO PRELIMINAR - Disposiciones generales
- Norma 1
- Norma 2
- TÍTULO I - Información financiera pública
- CAPÍTULO I - Contenido de la información financiera pública
- Norma 3
- Norma 4
- Norma 5
- Norma 6
- Norma 7
- CAPÍTULO II - Criterios de reconocimiento, valoración, presentación e información que se debe incluir en la memoria
- Norma 8
- Norma 9
- TÍTULO II - Información financiera reservada
- CAPÍTULO I - Criterios de elaboración
- Norma 10
- Norma 11
- CAPÍTULO II - Estados reservados que deben remitirse al Banco de España
- Norma 12
- Norma 13
- Norma 14
- TÍTULO III - Desarrollo contable interno y control de gestión
- Norma 15
- TÍTULO IV - Presentación de información financiera en el Banco de España
- Norma 16
- Disposición adicional única
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- [firma]
- ANEJO 1 - Información de las sucursales que operan en España de entidades de pago o de dinero electrónico extranjeras cuya sede central se encuentre en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo y de las entidades que prestan servicios de pago acogidas al régimen de exención previsto en el artículo 14.1 del Real Decreto-ley 19/2018, de 23 de noviembre, de servicios de pago y otras medidas urgentes en materia financiera
- ANEJO 2 - Estados financieros reservados individuales