BOE-A-2007-4372
Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
- Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.
- Nota inicial
- Preambulo
- Artículo único
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Firma
- REGLAMENTO
- TÍTULO I - Normas generales
- CAPÍTULO I - Objeto y ámbito de aplicación
- Artículo 1
- TÍTULO II - Normas comunes a todos los procedimientos
- CAPÍTULO I - De los principios rectores y de los órganos convocantes
- Artículo 2
- Artículo 3
- CAPÍTULO II - De los órganos de selección
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- CAPÍTULO III - De las convocatorias
- Artículo 9
- Artículo 10
- CAPÍTULO IV - Del desarrollo de los procedimientos selectivos
- Artículo 11
- CAPÍTULO V - De los requisitos que han de reunir los participantes
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- TÍTULO III - Del sistema de ingreso
- CAPÍTULO I - Normas generales
- Artículo 17
- CAPÍTULO II - De la fase de oposición
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Artículo 21
- Artículo 22
- CAPÍTULO III - De la fase de concurso
- Artículo 23
- CAPÍTULO IV - De la calificación de las distintas fases y selección de los aspirantes para la realización de la fase de prácticas
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- CAPÍTULO V - De la fase de prácticas
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- CAPÍTULO VI - De los expedientes de los procedimientos selectivos y nombramiento de funcionarios de carrera
- Artículo 32
- TÍTULO IV - Accesos entre los cuerpos de funcionarios docentes
- CAPÍTULO I - Del acceso de los funcionarios de los cuerpos docentes a otros cuerpos docentes incluidos en un grupo de clasificación superior
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- CAPÍTULO II - Del acceso a los Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza Secundaria, de Música y Artes Escénicas, de Artes Plásticas y Diseño y de Escuelas Oficiales de Idiomas
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- CAPÍTULO III - Del acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
- Artículo 40
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- Artículo 47
- Artículo 48
- CAPÍTULO IV - Del acceso de funcionarios docentes a otros cuerpos del mismo grupo y nivel de complemento de destino
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- TÍTULO V - Del procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades
- Artículo 52
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- TÍTULO VI - Del procedimiento de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación
- CAPÍTULO I - Normas generales
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- CAPÍTULO II - De la fase de oposición
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- CAPÍTULO III - De la fase de concurso
- Artículo 62
- CAPÍTULO IV - De las calificaciones de las distintas fases y selección de los aspirantes para la realización de la fase de prácticas
- Artículo 63
- Artículo 64
- CAPÍTULO V - De la fase de prácticas, de los expedientes de los procedimientos selectivos y nombramiento de funcionarios de carrera
- Artículo 65
- Artículo 66
- Disposición adicional única
- Disposición transitoria única
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición transitoria sexta
- Disposición transitoria séptima
- ANEXO I - Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el ingreso a los Cuerpos de Maestros, Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño
- ANEXO II - Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para los sistemas de accesos entre los cuerpos de funcionarios docentes
- ANEXO III - Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación
- ANEXO IV - Especificaciones a las que deben ajustarse los baremos de méritos para ingreso en los cuerpos docentes de conformidad con lo dispuesto en el Título VI de este Real Decreto
- ANEXO V - Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria
- ANEXO VI - Cuerpo de Profesores Especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional
- ANEXO VII - Cuerpo de Profesores de Música y Artes Escénicas
- ANEXO VIII - Cuerpo de Profesores de Artes Plásticas y Diseño
- ANEXO IX - Cuerpo de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño