BOE-A-2017-12663
Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.
- Real Decreto 956/2017, de 3 de noviembre, por el que se establece el marco regulador de ayudas a las organizaciones profesionales del sector de la pesca y de la acuicultura, cofinanciadas por el Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y sus bases reguladoras de ámbito estatal, y por el que se modifican el Real Decreto 418/2015, de 29 de mayo, por el que se regula la primera venta de productos pesqueros, y el Real Decreto 277/2016, de 24 de junio, por el que se regulan las organizaciones profesionales en el sector de los productos de la pesca y de la acuicultura.
- Nota inicial
- [preambulo]
- Artículo 1
- TÍTULO I - Disposiciones comunes
- Artículo 2
- Artículo 2 bis
- Artículo 2 ter
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- TÍTULO II - Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a las organizaciones profesionales en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura gestionadas por el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente
- CAPÍTULO I - Disposiciones comunes a todas las líneas de ayuda
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- CAPÍTULO II - Ayudas a los planes de producción y comercialización
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Artículo 24
- Artículo 25
- Artículo 26
- CAPÍTULO III - Ayuda a la utilización del mecanismo de almacenamiento
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Artículo 31
- Artículo 32
- CAPÍTULO IV - Ayudas para la consolidación de organizaciones profesionales de los sectores de la pesca y de la acuicultura
- Artículo 33
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición transitoria única
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- [firma]
- ANEXO - Determinación de gastos subvencionables