BOE-A-2009-9481
Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
- Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
- Preambulo
- Artículo único
- Disposición derogatoria única
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta
- Firma
- REGLAMENTO GENERAL DE CONDUCTORES
- TÍTULO I - De las autorizaciones administrativas para conducir
- CAPÍTULO I - Del permiso y de la licencia de conducción
- Artículo 1
- Artículo 2
- Artículo 3
- Artículo 4
- Artículo 5
- Artículo 6
- Artículo 7
- Artículo 8
- Artículo 9
- Artículo 10
- Artículo 11
- Artículo 12
- Artículo 13
- Artículo 14
- CAPÍTULO II - De los permisos de conducción expedidos en otros países
- Sección 1
- Artículo 15
- Artículo 16
- Artículo 17
- Artículo 18
- Artículo 19
- Artículo 20
- Sección 2
- Artículo 21
- Artículo 22
- Artículo 23
- Sección 3
- Artículo 24
- CAPÍTULO III - Otras autorizaciones administrativas para conducir
- Sección 1
- Artículo 25
- Artículo 26
- Artículo 27
- Artículo 28
- Artículo 29
- Artículo 30
- Sección 2
- Artículo 31
- Artículo 32
- Artículo 33
- CAPÍTULO IV - De la nulidad o lesividad y pérdida de vigencia de las autorizaciones administrativas para conducir
- Artículo 34
- Artículo 35
- Artículo 36
- Artículo 37
- Artículo 38
- Artículo 39
- Artículo 40
- TÍTULO II - De la enseñanza de la conducción y de las pruebas de aptitud a realizar para obtener autorizaciones administrativas para conducir
- CAPÍTULO I - Disposiciones generales
- Artículo 41
- Artículo 42
- Artículo 43
- CAPÍTULO II - De las pruebas de aptitud psicofísica
- Artículo 44
- Artículo 45
- Artículo 46
- CAPÍTULO III - De las pruebas a realizar para comprobar los conocimientos, aptitudes y comportamientos necesarios para conducir vehículos de motor y ciclomotores
- Sección 1
- Artículo 47
- Artículo 48
- Artículo 49
- Artículo 50
- Artículo 51
- Artículo 52
- Artículo 53
- Artículo 54
- Artículo 55
- Artículo 56
- Artículo 57
- Artículo 58
- Sección 2
- Artículo 59
- Artículo 60
- Artículo 61
- Artículo 62
- CAPÍTULO IV - De las pruebas a realizar para comprobar los conocimientos para obtener o prorrogar la autorización especial que habilita para conducir vehículos que transporten mercancías peligrosas
- Artículo 63
- Artículo 64
- Artículo 65
- Artículo 66
- Artículo 67
- Artículo 68
- Artículo 69
- Artículo 70
- Artículo 71
- TÍTULO III - De los permisos de conducción expedidos por las Escuelas y Organismos militares y de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil
- Artículo 72
- Artículo 73
- Artículo 74
- TÍTULO IV - De las infracciones y sanciones
- Artículo 75
- TÍTULO V - Del Registro de Conductores e Infractores
- Artículo 76
- Artículo 77
- Artículo 78
- Artículo 79
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición adicional quinta
- Disposición adicional sexta
- Disposición adicional séptima
- Disposición adicional octava
- Disposición adicional novena
- Disposición adicional décima
- Disposición adicional undécima
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición transitoria sexta
- Disposición transitoria séptima
- Disposición transitoria octava
- Disposición transitoria novena
- Disposición transitoria décima
- Disposición transitoria undécima
- Disposición transitoria duodécima
- ANEXO I - Permiso de conducción de la Unión Europea
- ANEXO II - Licencia de conducción y otras autorizaciones para conducir
- ANEXO III - Documentación para obtener las distintas autorizaciones para conducir
- ANEXO IV - Aptitudes psicofísicas requeridas para obtener o prorrogar la vigencia del permiso o de la licencia de conducción
- ANEXO V - Pruebas a realizar por los solicitantes de las distintas autorizaciones
- ANEXO VI - Organización, desarrollo y criterios de calificación de las pruebas de control de conocimientos y de control de aptitudes y comportamientos
- ANEXO VII - Vehículos a utilizar en las pruebas de control de aptitudes y comportamientos
- ANEXO VIII - Personal examinador encargado de calificar las pruebas de control de aptitudes y comportamientos
- ANEXO IX - Procedimiento para la organización y regulación de las pruebas de control de aptitudes y comportamientos en las pruebas de circulación en vías abiertas al tráfico en general por las Jefaturas Provinciales de Tráfico