BOE-A-1986-10499
Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
- Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad
- Preambulo
- TÍTULO PRELIMINAR - Del derecho a la protección de la salud
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo uno
- Artículo dos
- TÍTULO I - Del sistema de salud
- CAPÍTULO I - De los principios generales
- Artículo tres
- Artículo cuatro
- Artículo cinco
- Artículo seis
- Artículo siete
- Artículo ocho
- Artículo nueve
- Artículo diez
- Artículo once
- Artículo doce
- Artículo trece
- Artículo catorce
- Artículo quince
- Artículo dieciséis
- Artículo diecisiete
- CAPÍTULO II - De las actuaciones sanitarias del sistema de salud
- Artículo dieciocho
- Artículo diecinueve
- CAPÍTULO III - De la salud mental
- Artículo veinte
- CAPÍTULO IV - De la salud laboral
- Artículo veintiuno
- Artículo veintidós
- CAPÍTULO V - De la intervención pública en relación con la salud individual colectiva
- Artículo veintitrés
- Artículo veinticuatro
- Artículo veinticinco
- Artículo veintiséis
- Artículo veintisiete
- Artículo veintiocho
- Artículo veintinueve
- Artículo treinta
- Artículo treinta y uno
- CAPÍTULO VI - De las infracciones y sanciones
- Artículo treinta y dos
- Artículo treinta y tres
- Artículo treinta y cuatro
- Artículo treinta y cinco
- Artículo treinta y seis
- Artículo treinta y siete
- TÍTULO II - De las competencias de las Administraciones Públicas
- CAPÍTULO I - De las competencias del Estado
- Artículo treinta y ocho
- Artículo treinta y nueve
- Artículo cuarenta
- CAPÍTULO II - De las competencias de las Comunidades Autónomas
- Artículo cuarenta y uno
- CAPÍTULO III - De las competencias de las Corporaciones Locales
- Artículo cuarenta y dos
- CAPÍTULO IV - De la Alta Inspección
- Artículo cuarenta y tres
- TÍTULO III - De la estructura del sistema sanitario público
- CAPÍTULO I - De la organización general del sistema sanitario público
- Artículo cuarenta y cuatro
- Artículo cuarenta y cinco
- Artículo cuarenta y seis
- Artículo cuarenta y siete
- Artículo cuarenta y ocho
- CAPÍTULO II - De los Servicios de Salud de las Comunidades Autónomas
- Artículo cuarenta y nueve
- Artículo cincuenta
- Artículo cincuenta y uno
- Artículo cincuenta y dos
- Artículo cincuenta y tres
- Artículo cincuenta y cuatro
- Artículo cincuenta y cinco
- CAPÍTULO III - De las Áreas de Salud
- Artículo cincuenta y seis
- Artículo cincuenta y siete
- Artículo cincuenta y ocho
- Artículo cincuenta y nueve
- Artículo sesenta
- Artículo sesenta y uno
- Artículo sesenta y dos
- Artículo sesenta y tres
- Artículo sesenta y cuatro
- Artículo sesenta y cinco
- Artículo sesenta y seis
- Artículo sesenta y siete
- Artículo sesenta y ocho
- Artículo sesenta y nueve
- CAPÍTULO IV - De la coordinación general sanitaria
- Artículo setenta
- Artículo setenta y uno
- Artículo setenta y dos
- Artículo setenta y tres
- Artículo setenta y cuatro
- Artículo setenta y cinco
- Artículo setenta y seis
- Artículo setenta y siete
- CAPÍTULO V - De la financiación
- Artículo setenta y ocho
- Artículo setenta y nueve
- Artículo ochenta
- Artículo ochenta y uno
- Artículo ochenta y dos
- Artículo ochenta y tres
- CAPÍTULO VI - Del personal
- Artículo ochenta y cuatro
- Artículo ochenta y cinco
- Artículo ochenta y seis
- Artículo ochenta y siete
- TÍTULO IV - De las actividades sanitarias privadas
- CAPÍTULO I - Del ejercicio libre de las profesiones sanitarias
- Artículo ochenta y ocho
- CAPÍTULO II - De las Entidades Sanitarias
- Artículo ochenta y nueve
- Artículo noventa
- Artículo noventa y uno
- Artículo noventa y dos
- Artículo noventa y tres
- Artículo noventa y cuatro
- TÍTULO V - De los productos farmacéuticos
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo noventa y cinco
- Artículo noventa y seis
- Artículo noventa y siete
- Artículo noventa y ocho
- Artículo noventa y nueve
- Artículo ciento
- Artículo ciento uno
- Artículo ciento dos
- Artículo ciento tres
- TÍTULO VI - De la docencia y la investigación
- CAPÍTULO I - De la docencia en el Sistema Nacional de Salud
- Artículo ciento cuatro
- CAPÍTULO II - Del fomento de la investigación
- Artículo ciento cinco
- CAPÍTULO II - Tratamiento de datos de la investigación en salud
- Artículo ciento cinco bis.
- CAPÍTULO II - Del fomento de la investigación
- Artículos ciento seis a ciento diez
- Artículo ciento seis
- Artículo ciento siete
- Artículo ciento ocho
- Artículo ciento nueve
- Artículo ciento diez
- TÍTULO VII - Transparencia y sostenibilidad del gasto sanitario
- Artículos ciento once a ciento trece
- Artículo ciento seis
- Artículo ciento siete
- Artículo ciento ocho
- Artículo ciento nueve
- Artículo ciento diez
- Artículo ciento once
- Artículo ciento doce
- Artículo ciento trece
- Artículo ciento catorce
- Artículo ciento quince
- Artículo ciento dieciséis
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo ciento once
- Artículo ciento doce
- Artículo ciento trece
- Disposición adicional primera
- Disposición adicional segunda
- Disposición adicional tercera
- Disposición adicional cuarta
- Disposición adicional quinta
- Disposición adicional sexta
- Disposición adicional séptima
- Disposición adicional octava
- Disposición adicional novena
- Disposición adicional décima
- Disposición transitoria primera
- Disposición transitoria segunda
- Disposición transitoria tercera
- Disposición transitoria cuarta
- Disposición transitoria quinta
- Disposición transitoria sexta
- Disposición derogatoria primera
- Disposición derogatoria segunda
- Disposición final primera
- Disposición final segunda
- Disposición final tercera
- Disposición final cuarta
- Disposición final quinta
- Disposición final sexta
- Disposición final séptima
- Disposición final octava
- Disposición final novena
- Disposición final décima
- Disposición final undécima
- Disposición final duodécima
- Disposición final decimotercera
- Disposición final decimocuarta
- Disposición final decimoquinta
- Disposición final decimosexta
- Firma